CGPJ aprueba criterios para reanudar actividad judicial

La reanudación de la actividad judicial en España tras la crisis provocada por el COVID-19 es un tema de vital importancia para la administración de justicia. La necesidad de adaptar los procedimientos y asegurar la salud de todos los involucrados ha llevado a la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) a establecer criterios claros y específicos. A continuación, exploraremos en detalle estos criterios y su implicancia en el funcionamiento de la justicia.

Criterios generales para la reactivación judicial

El CGPJ ha aprobado un conjunto de criterios generales que buscan uniformar la aplicación del Protocolo y la Guía de buenas prácticas para la reanudación de la actividad judicial. Estos documentos fueron previamente aprobados el 29 de abril de 2020 y están diseñados para garantizar que se sigan medidas de salud y seguridad durante la crisis sanitaria.

Esta estandarización es crucial para asegurar que todos los órganos judiciales operen bajo las mismas normativas y directrices, evitando así confusiones y disfunciones en la administración de justicia. La implementación de estos criterios también responde a las necesidades operativas que surgen en un contexto de crisis, donde se busca mantener la integridad de los procesos judiciales.

Actuaciones judiciales durante la suspensión de plazos

Durante la vigencia de la suspensión de plazos procesales y administrativos, se han establecido ciertas actuaciones esenciales, ya que la situación derivada del estado de alarma no impide la práctica de ciertos actos judiciales.

  • Servicios esenciales: Se mantienen abiertos los edificios judiciales para garantizar la continuidad de los servicios esenciales, como medidas urgentes para evitar perjuicios irreparables a las partes en un proceso.
  • Servicios no esenciales: Aunque los plazos están suspendidos, se permite la presentación y registro de escritos iniciales, así como la tramitación de aquellos que no estén sujetos a plazos interrumpidos.
  • Notificaciones de resoluciones: Los órganos judiciales pueden notificar resoluciones en los procesos en curso, aunque dicha notificación no levantará los plazos suspendidos en casos no esenciales.

Reorganización de las agendas judiciales

La reordenación de las agendas de señalamiento es una parte fundamental del proceso de reactivación. Las Salas de Gobierno deben implementar un protocolo de coordinación que considerará múltiples factores como:

  • La posibilidad de realizar vistas telemáticas.
  • El aforo máximo de las salas para garantizar el distanciamiento social.
  • El tiempo necesario para la limpieza de las instalaciones entre las sesiones.
  • La duración estimada de cada señalamiento.

Además, los decanos y juntas de jueces deberán establecer un calendario que priorice los asuntos urgentes o aquellos que fueron suspendidos debido a la crisis, asegurando que los recursos judiciales se utilicen de manera eficiente.

Reincorporación al trabajo presencial

Con la intención de restablecer la actividad judicial, desde el 12 de mayo de 2020 se eliminó el régimen de turnos presenciales. La reincorporación al trabajo se llevará a cabo en varias fases:

  1. Fase inicial: Se mantendrá un sistema mixto de trabajo, donde se combinará el teletrabajo con la presencia física en los juzgados.
  2. Evaluación continua: Se revisarán las condiciones de trabajo y se evaluará la situación sanitaria antes de completar la transición a un régimen de presencialidad total.
  3. Adaptaciones necesarias: Se establecerán previsiones para que los miembros de la Carrera Judicial que necesiten exenciones por razones de salud puedan participar en las actividades programadas.

Actuaciones judiciales tras la suspensión de plazos

Una vez levantada la suspensión de plazos, se espera que los planes de reanudación se adapten a la situación real. La Comisión Permanente enfatiza que, debido a limitaciones tecnológicas y presupuestarias, será necesario un enfoque mixto en el que se combine lo presencial con lo telemático en la celebración de juicios y vistas.

En este contexto, se desarrollarán actuaciones judiciales prioritariamente relacionadas con:

  • Asuntos urgentes previamente suspendidos.
  • Actuaciones telemáticas asegurando la confidencialidad requerida.
  • Juicios y vistas que se llevarán a cabo de acuerdo a la disponibilidad de recursos y medios adecuados.

Celebración de juicios y vistas: nuevas normativas

La forma de celebración de juicios y vistas ha sido modificada para adaptarse a la nueva normalidad. Las disposiciones actuales permiten:

  1. Flexibilidad en la forma: Se permitirá la celebración de juicios de forma telemática o presencial, dependiendo de la situación del caso.
  2. Lugar de celebración: Todas las actuaciones deben llevarse a cabo en sede judicial, aunque se contempla la posibilidad de realizar juicios telemáticos en salas multiusos.
  3. Horarios ajustados: Se establecerán calendarios que contemplen juicios en horarios de mañana y tarde, priorizando aquellos que requieren menos intervinientes.

Recomendaciones sobre la habilitación del mes de agosto

Durante el mes de agosto, las actuaciones judiciales se consideran urgentes y hábiles, por lo que se recomienda:

  • Limitar las vistas orales, salvo las que sean de carácter urgente.
  • Prever la comunicación anticipada de señalamientos, idealmente antes del 15 de junio.
  • Minimizar notificaciones que puedan precluir plazos durante este periodo.

Criterios para las vacaciones judiciales en 2020

El CGPJ ha establecido criterios para el disfrute de las vacaciones de los miembros de la Carrera Judicial, priorizando la concentración de las mismas en agosto. Esto permitirá intensificar la celebración de juicios en julio y septiembre, asegurando que las salas de vacaciones y los servicios de guardia estén debidamente cubiertos.

La coordinación entre las Salas de Gobierno y los órganos judiciales es fundamental para garantizar que se cumplan las disposiciones legales y se mantenga la eficiencia en la administración de justicia durante este periodo de transición.

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