La crisis del Covid-19 ha llevado a la necesidad urgente de establecer protocolos que garanticen la salud y seguridad tanto de los ciudadanos como de los funcionarios que trabajan en la Administración de Justicia. En este contexto, el Ministerio de Justicia, en colaboración con las comunidades autónomas y diversos organismos del Estado, ha tomado medidas fundamentales para asegurar el correcto funcionamiento de los servicios esenciales durante la pandemia.
Este esfuerzo coordinado se materializó en una resolución publicada recientemente, la cual establece un conjunto de normas comunes de prevención y seguridad que los funcionarios deben seguir. La creación de estas normas refleja no solo la necesidad de responder a la crisis sanitaria, sino también un compromiso con la integridad del servicio público y la protección de los derechos de los ciudadanos durante un tiempo de incertidumbre.
Contexto de la resolución y su importancia
La resolución fue acordada en la última reunión de la Comisión de Coordinación de Crisis de la Administración de Justicia, un organismo creado específicamente para abordar los desafíos que la pandemia ha presentado a este sector. La comisión se constituyó bajo el marco de la orden SND/261/2020 del Ministerio de Sanidad, que otorga al ministro de Justicia la responsabilidad de coordinar las actividades de los funcionarios en este periodo excepcional.
La colaboración entre el Ministerio, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y la Fiscalía General del Estado (FGE) es crucial, ya que cada uno de estos organismos aporta una perspectiva única y especializada, asegurando que las normativas sean efectivas y viables en todos los niveles de la administración.
Medidas preventivas establecidas para la protección
Siguiendo las recomendaciones de las autoridades sanitarias, se promueve un enfoque que antepone la protección colectiva a la individual. Esto significa que las estrategias deben diseñarse para proteger al grupo en su conjunto, minimizando el riesgo de contagio en el entorno laboral. A continuación, se detallan las principales medidas adoptadas:
Medidas de prevención colectiva
- No se permitirá el acceso a las sedes judiciales sin la justificación pertinente.
- Se limitará el número de personas en las instalaciones y el tiempo de permanencia en ellas.
- Se facilitarán geles hidroalcohólicos y jabones líquidos para el uso sistemático de quienes accedan a la sede, así como mascarillas para aquellos con afecciones respiratorias.
- Se establecerá una distancia mínima de seguridad de 2 metros en todos los espacios.
- Se implementarán elementos de protección colectiva, como mamparas y cintas de seguridad, además de intensificar la limpieza y desinfección de los espacios.
Medidas organizativas en el trabajo
- Fomento del uso de medios telemáticos para evitar desplazamientos innecesarios.
- Exclusión de personas de riesgo en las dotaciones mínimas de servicios esenciales.
- Coordinación de desplazamientos a centros sanitarios y penitenciarios con las direcciones respectivas.
- Reducción de traslados de detenidos a sedes judiciales, utilizando videoconferencias cuando sea posible.
- Distanciamiento temporal de señalamientos o citaciones para evitar aglomeraciones en las sedes judiciales.
Medidas de protección individual
Las medidas de protección individual son fundamentales y deben seguirse rigurosamente:
- Comunicar cualquier afección respiratoria a las autoridades sanitarias y seguir sus instrucciones.
- Reforzar la higiene personal, cuidando la limpieza de manos y evitando el contacto con superficies contaminadas.
- Utilizar mascarillas y guantes para el personal durante salidas urgentes.
- Mantener la distancia de seguridad de 2 metros respecto a personas con síntomas respiratorios.
- Evitar compartir objetos personales en el entorno laboral.
Medidas sobre el entorno del trabajo
El entorno físico de trabajo también debe ser adaptado para garantizar la seguridad:
- Colocación de carteles informativos en lugares estratégicos que indiquen las normas de seguridad.
- Intensificación de la limpieza y desinfección en áreas de alto tránsito.
- Mejoras en la ventilación de los espacios de trabajo.
Protocolo ante casos positivos y aislamiento
El manejo de situaciones de contagio es crítico para prevenir la propagación del virus. Se establece un protocolo claro para los casos positivos de Covid-19 y el aislamiento de afectados:
- El trabajador afectado debe seguir las instrucciones del servicio de salud de su comunidad y comunicar su situación a la gerencia territorial.
- Los superiores jerárquicos deben informar sobre el positivo y tomar decisiones organizativas para asegurar la continuidad de los servicios.
- La gerencia territorial dará instrucciones a las empresas de limpieza para la desinfección y notificará a las autoridades sanitarias sobre cualquier caso positivo.
Actividades y riesgos de exposición en el entorno laboral
La identificación de actividades con riesgo de exposición es esencial para proteger a los funcionarios de la Administración de Justicia:
- Se considera contacto estrecho cualquier situación de menos de 2 metros con un caso confirmado o probable de Covid-19.
- Las exposiciones de bajo riesgo son aquellas que no implican contacto estrecho con un caso confirmado.
- Las personas sin atención directa al público o que mantengan la distancia de seguridad son consideradas de baja probabilidad de exposición.
Ampliación de horarios del registro civil
En un esfuerzo por facilitar el acceso a servicios esenciales, el Ministerio de Justicia ha decidido ampliar los horarios de los registros civiles. A partir de ahora, estarán disponibles todos los días, tanto en horario de mañana como por las tardes, con el objetivo de gestionar inscripciones de defunciones y licencias de enterramiento durante el estado de alarma. Esta medida tiene como finalidad:
- Respetar a las familias que han perdido seres queridos durante la pandemia.
- Aliviar el sufrimiento de aquellos que no pudieron despedirse adecuadamente.
- Reducir la carga emocional del personal sanitario frente a la acumulación de decesos.
Además, se ha suspendido temporalmente el artículo 24 de la Ley de Registro Civil, que exigía un plazo de 24 horas entre la defunción y el entierro, permitiendo así a las familias atender las exequias de sus seres queridos con mayor agilidad.
