Costas en procesos de familia tras aumento de litigios por Covid-19

El sistema judicial enfrenta constantes desafíos, especialmente en el ámbito familiar. Las costas procesales en estos juicios son un tema de gran relevancia, sobre todo en tiempos de crisis como la pandemia de Covid-19. Entender quién asume estos costos y cómo se determinan puede ser esencial para quienes atraviesan situaciones delicadas relacionadas con el derecho de familia.

¿Quién asume las costas en un juicio de familia?

En los procesos de familia, la cuestión de las costas procesales se convierte en un tema delicado debido a la naturaleza emocional y personal de los asuntos tratados. Generalmente, en el ámbito judicial, quien pierde un juicio es condenado a pagar las costas, sin embargo, en los casos de familia esto no siempre es aplicable.

La exclusión de la condena en costas se basa en la singularidad de los temas tratados, que abarcan aspectos como la custodia de los hijos, pensiones alimenticias y derechos de visita. La Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC) establece un marco en el que, en muchas ocasiones, no se imponen costas, permitiendo que las partes se centren en resolver sus conflictos sin el temor de incurrir en gastos adicionales.

En este sentido, es fundamental entender el principio que rige la imposición de costas en los juicios de familia:

  • La naturaleza del proceso: La ley toma en cuenta que los conflictos familiares están profundamente arraigados en cuestiones de orden personal y emocional.
  • Criterios de culpa: En lugar de aplicar un criterio de vencimiento, los jueces pueden basar su decisión en el principio de culpa.
  • Normas sustantivas: Se invocan normas sustantivas, como el artículo 1902 del Código Civil, que permite reclamar en caso de temeridad.

¿Cómo se calculan las costas en un proceso judicial?

El cálculo de las costas procesales en un juicio de familia se rige por criterios establecidos en la LEC. En general, se aplica el criterio del vencimiento objetivo, que se encuentra en el artículo 394 de la LEC. Según este artículo, las costas se imponen a la parte que pierde el juicio, salvo que existan dudas serias sobre los hechos o el derecho.

Este principio, sin embargo, no es absoluto. Existen circunstancias excepcionales que pueden llevar a que no se impongan costas, incluso si una de las partes pierde. A continuación, se presentan algunos criterios adicionales relevantes:

  • Principio de distribución: Si hay una estimación parcial de las pretensiones, cada parte asumirá sus propias costas y compartirá las comunes por mitades.
  • Litigio temerario: La ley permite condenar en costas a una parte si ha litigado con temeridad, lo que se traduce en comportamientos abusivos o injustificados.
  • Excepciones en apelaciones: En caso de apelación, si se desestiman las pretensiones, se aplicará el criterio de vencimiento, pero si se estiman, no se condenará en costas a ninguna de las partes.

La jurisprudencia y su influencia en las costas de familia

La jurisprudencia juega un papel crucial en la interpretación de las normas sobre costas en los procesos de familia. En muchos casos, los tribunales han establecido que la naturaleza de los conflictos familiares requiere un tratamiento diferenciado. Así, las decisiones judiciales han llevado a la generalización de la exclusión de la condena en costas en estos casos.

Por ejemplo, en una sentencia de la Audiencia Provincial de Pontevedra, se argumentó que la naturaleza de los conflictos familiares está vinculada a normas de orden público, lo que justifica la cautela en la aplicación de normas procesales. Esto significa que, a menudo, se evita la imposición de costas para prevenir un impacto negativo en las relaciones familiares.

Algunas sentencias destacadas que reflejan esta tendencia incluyen:

  • Sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz: Se establece que en el ámbito del derecho de familia, se aplica un principio general que favorece la no imposición de costas.
  • Sentencia de la Audiencia Provincial de Castellón: Se determina que el criterio de imposición de costas debe basarse en la temeridad o mala fe, salvo en temas patrimoniales.
  • Sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante: Se reafirma que en procesos de modificación de medidas ya adoptadas, se debe aplicar el principio del vencimiento, lo que podría derivar en la imposición de costas.

El impacto de la pandemia en la litigiosidad familiar

La crisis provocada por la pandemia de Covid-19 ha tenido un efecto significativo en los juzgados de familia, generando un aumento en la litigiosidad. Esta situación ha llevado a los jueces a reconsiderar sus criterios en materia de costas. Por ejemplo, en Barcelona, se emitió un comunicado en el que se advertía que la conducta procesal de las partes se tomaría en cuenta a la hora de decidir sobre las costas, lo que implica una mayor flexibilidad en la aplicación de las normas.

De manera similar, en Baleares, se sugirió que las partes que no intentaran un acuerdo extrajudicial podrían ser condenadas en costas. Estas medidas reflejan un intento de fomentar la mediación y reducir la carga en los tribunales.

¿Qué se considera como temeridad en el litigante?

El concepto de temeridad en los litigantes se refiere a conductas que, aunque no necesariamente maliciosas, son consideradas injustificadas y que pueden ser sancionadas. La jurisprudencia ha establecido que para que un litigante sea considerado temerario, su comportamiento debe ser reprochable y haber causado el litigio de manera innecesaria.

La apreciación de la temeridad se deja al criterio del juez, quien tiene la discreción para valorar si una conducta debe ser sancionada con la condena en costas. Es importante señalar que este tipo de decisiones no son objeto de revisión en casación.

Consideraciones finales sobre las costas en procesos familiares

Es evidente que la saturación de litigiosidad en el ámbito familiar se ve favorecida por la tendencia a no imponer costas en estos procesos. Los jueces tienen la responsabilidad de considerar la temeridad y la buena fe de las partes, especialmente en un contexto donde las relaciones familiares y el bienestar de los menores están en juego.

La evolución de la jurisprudencia y los criterios de los jueces en tiempos de crisis son elementos cruciales para entender cómo se estructuran y se aplican las normas sobre costas en los juicios de familia. La búsqueda de soluciones equitativas y justas debe ser la prioridad, siempre en el marco del respeto y la consideración hacia todos los implicados en la disputa.

Sobre los autores:
Dirección jurídica: José Domingo Monforte
Redacción: Pilar de la Fuente Rubio y Christian Latorre de Joz.
DOMINGO MONFORTE Abogados Asociados.

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